Sentencia N° 674 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de noviembre de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 674, Exp. C05-0227, 30/11/2005
ExpedienteC05-0227
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-11-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de noviembre de 2005, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la víctima, Leonor Margarita Ospino Saturno, en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones que había confirmado el sobreseimiento dictado por el Tribunal de Control. La Sala argumentó que la Corte de Apelaciones no motivó adecuadamente su decisión, lo que vulneró el derecho a la defensa de la víctima, dado que los hechos denunciados revisten carácter penal y debieron ser examinados en juicio. En consecuencia, se ordenó el sobreseimiento de la causa seguida contra Maria Celestina Bustillo de Garanton.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones ha debido exponer las razones por las cuales considera que el Tribunal de Control cumplió con su labor de resumir, analizar y comparar los elementos probatorios para arribar a esa decisión; pero al resolver el recurso de apelación solo se limitó a transcribir la denuncia realizada en el escrito de apelación, la contestación dada, y luego expuso a los folios 149 y siguientes lo que sigue: '...RESOLUCIÓN DEL RECURSO De las actas procesales se evidencia que el Tribunal A-quo, fundamentó la decisión que dictó en fecha 11-02-05, realizando una sucinta enunciación del hecho que se les atribuye a los mismos, citando claramente la disposición legal aplicable al presente caso; el juez de instancia no se limitó a señalar únicamente lo solicitado por el Ministerio Público, sino además expuso los elementos de convicción que estimó acreditados, siendo que hasta el presente estado procesal le resultó procedente decretar el Sobreseimiento de la Causa, una vez oída la solicitud de la Vindicta Pública, por considerar que existen en el caso de autos, fundados elementos de convicción para estimar que se está en presencia de un hecho que no reviste carácter penal.'

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra la ciudadana MARIA CELESTINA ANTONIA BUSTILLOS. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el representante de la acusadora. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que previa distribución entre las Salas, lo envíe a otra para que dicte sentencia, con prescindencia de los vicios que originaron la nulidad anterior. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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