Sentencia N° 673 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de octubre de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 673, Exp. E15-214, 30/10/2015
ExpedienteE15-214
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-10-30
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el trámite de extradición pasiva del ciudadano Antonio José Córdoba Paz, requerido por el Gobierno de los Estados Unidos de América. La decisión se basa en la notificación recibida de que el gobierno estadounidense no presentará la solicitud formal de extradición. Se ordena poner al ciudadano a disposición del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en virtud de una orden de aprehensión por delitos de legitimación de capitales y asociación para delinquir.

Extracto de la motiva

En virtud del contenido de la Nota n.° 719 de la Embajada del Gobierno de los Estados Unidos de América, que se recibió vía correspondencia ante la Secretaría de la Sala de Casación Penal, el 1° de septiembre de 2015, remitida mediante oficio identificado con el alfanumérico I.ORC.DSCE/AAE 11846, del 25 de agosto de 2015, suscrito por la ciudadana Doctora Vlayildi Valera Sánchez, Directora General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, mediante la cual se informa que “… la Embajada de los Estados Unidos de América acreditada ante la República Bolivariana de Venezuela (...) no presentará la solicitud formal de extradición pasiva del ciudadano ANTONIO JOSÉ CÓRDOBA PAZ.…”, la Sala de Casación Penal declara desistido el trámite de Extradición Pasiva seguido al mencionado ciudadano, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de identidad número 11.741.659, quien se encontraba requerido por las autoridades judiciales del Gobierno de los Estados Unidos de América, según Notificación Roja Internacional identificada con el alfanumérico A-4944/7-2012, del 26 de julio de 2012, por la presunta comisión de los delitos siguientes: 1) Asociación ilícita para la importación ilícita y la tenencia con miras a su distribución de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, previsto en el “... artículo 963 del título 21 del Código de Estados Unidos...”; 2) Importación en Estados Unidos de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, previsto en el “... artículo 952 (a) del título 21 y en el artículo 2 del título 18 del Código de Estados Unidos...”; 3) Asociación ilícita para la distribución y tenencia, con miras a su distribución, de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, establecido en el “... artículo 846, del título 21 del Código de Estados Unidos...”; 4) Distribución y tenencia con miras a su distribución de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, contemplado en el “... artículo 841 (a) (1) del título 21 y artículo 2 del título 18 del Código de Estados Unidos...”; y 5) Asociación ilícita para blanquear capitales, previsto en el “... artículo 1956 (h) del título 18 del Código de Estados Unidos...”. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara DESISTIDO el trámite de Extradición Pasiva seguido al ciudadano Antonio José Córdoba Paz, de nacionalidad venezolana y portador de la cédula de identidad número 11.741.659, quien se encontraba requerido por el Gobierno de los Estados Unidos de América, según Notificación Roja Internacional identificada con el alfanumérico A-4944/7-2012, del 26 de julio de 2012, por la presunta comisión de los delitos siguientes: 1) Asociación ilícita para la importación ilícita y la tenencia con miras a su distribución de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, previsto en el “... artículo 963 del título 21 del Código de Estados Unidos...”; 2) Importación en Estados Unidos de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, previsto en el “... artículo 952 (a) del título 21 y en el artículo 2 del título 18 del Código de Estados Unidos...”; 3) Asociación ilícita para la distribución y tenencia, con miras a su distribución, de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, establecido en el “... artículo 846, del título 21 del Código de Estados Unidos...”; 4) Distribución y tenencia con miras a su distribución de cinco (5) kilogramos de cocaína o más, contemplado en el “... artículo 841 (a) (1) del título 21 y artículo 2 del título 18 del Código de Estados Unidos...”; y 5) Asociación ilícita para blanquear capitales, previsto en el “... artículo 1956 (h) del título 18 del Código de Estados Unidos...”. SEGUNDO: Se ORDENA PONER A LA DISPOSICIÓN, de manera inmediata, del Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua al ciudadano Antonio José Córdoba Paz, en virtud de la orden de aprehensión núm. 053, dictada por el referido tribunal contra el mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de Legitimación de Capitales, tipificado en el artículo 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, y Asociación para Delinquir, tipificado en el artículo 37 de la misma ley. TERCERO: Ordena remitir copia certificada de esta decisión al Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua; a la ciudadana Fiscal General de la República y al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, para que este último oficie lo conducente al Gobierno de la República de los Estados Unidos de América. CUARTO: Ordena el archivo del expediente que contiene la solicitud de detención con fines de extradición del ciudadano Antonio José Córdoba Paz. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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