Sentencia N° 671 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de noviembre de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 671, Exp. C07-0227, 27/11/2007
ExpedienteC07-0227
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-11-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Edilbert Alberto Guerire Carrasquero, anulando la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que había confirmado la condena por homicidio calificado. La decisión se fundamenta en la falta de motivación de la sentencia recurrida, lo que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente. Se ordena remitir el expediente a una nueva sala de la Corte de Apelaciones para que dicte una nueva decisión conforme a lo aquí decidido.
Extracto de la motiva
Es evidente que la Corte de Apelaciones no dio respuestas a los planteamientos del recurrente, con lo que se le vulneró el derecho a su defendido a la tutela judicial efectiva atinente a la motivación de los fallos. Es impretermitible resaltar en primer lugar, la necesidad de motivar las sentencias, que en principio es un punto cardinal en la administración de justicia, según lo establece el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. La obligación de motivar los fallos no queda cumplida, haciendo genérica referencia a las razones legales, o a las razones pertinentes aducidas por los litigantes. Fallar sin justificar el fallo, es una obra del más abominable de los despotismos, del despotismo judicial, que compromete el decoro del magistrado y el prestigio de la magistratura.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar el recurso de casación propuesto por la defensa, anula la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en fecha 16 de noviembre de 2006 y ordena remitir las actuaciones al Juez Presidente del referido Circuito Judicial, para que una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, conozca el recurso de apelación interpuesto y dicte una nueva decisión conforme prescindiendo de los vicios aquí advertidos. Así se declara.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónfalta de motivacióntutela judicial efectivaCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalderecho a la defensa