Sentencia N° 67 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de abril de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 067, Exp. C04-0529, 05/04/2005
ExpedienteC04-0529
PonenteHÉCTOR CORONADO FLORES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-04-05
DecisiónANULA

Resumen

La Corte de Apelaciones Sala N° 3 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de JUAN ALEJANDRO PACHECO GONZÁLEZ, quien había sido condenado a 12 años de presidio por homicidio intencional. La defensa presentó un recurso de casación argumentando violaciones de ley y falta de motivación en la sentencia. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, encontró que el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia no estableció adecuadamente los hechos acreditados, lo que afectó la garantía de tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

El Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia, en funciones de juicio, en fecha 19 de julio de 2004, condenó al acusado JUAN ALEJANDRO PACHECO GONZÁLEZ, sin expresar los hechos que, a su juicio, estimó acreditados. De la sentencia in comento, puede observarse que el juzgador comienza transcribiendo los hechos objeto de la acusación Fiscal (folios 229 y 230, pieza 3), para luego señalar las pruebas que fueron evacuadas durante el debate, transcribiendo, parcialmente su contenido (folios 230 al 239, pieza 3). Finalmente, en el Capítulo Cuarto de la decisión, el sentenciador al momento de determinar los hechos que estimó acreditados, se limita, en principio a transcribir el contenido de los artículos 407 y 408, ordinal 1° del Código Penal, para luego efectuar un breve análisis de éstas disposiciones y concluir que el ciudadano César Alfredo Álvarez Carias murió a consecuencia de “una sepsis de punto de partida abdominal debido a herida por arma de fuego al abdomen” (folio 240, pieza 3). Finalmente, el tribunal de juicio consideró “posible hacer una atribución directa del hecho homicidio (sic) a la persona del acusado” (folio 247, pieza 3), en virtud de que la víctima y los hermanos de ésta lo conocían (al acusado), por residir en la misma zona, aunado al hecho de que la víctima, mientras estuvo hospitalizada (un mes), según refieren sus hermanos, les había señalado al acusado como la persona que le había disparado, quien también fue señalado por unos testigos (sin indicar cuáles) (folio 247, pieza 3). Agrega, además que el acusado admitió haber tenido una discusión con el ciudadano César Alfredo Álvarez Carias, en relación con unos anillos, pero que la misma fue amistosa (folio 246, pieza 3).

Dispositiva

ANULA la decisión dictada por Corte de Apelaciones Sala N° 3, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas e, igualmente, la sentencia dictada, en fecha 19 de julio de 2004, por el Tribunal N° 16, de Primera Instancia, en funciones de juicio del mismo Circuito Judicial Penal y, en consecuencia se ordena, la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un Tribunal de Primera Instancia, en funciones de juicio, distinto al que dictó el fallo anulado en la presente decisión.

Palabras clave

homicidioapelaciónfalta de motivaciónsentenciacasaciónderecho a la defensatutela judicial efectiva

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