Sentencia N° 667 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 667, Exp. C08-303, 09/12/2008
ExpedienteC08-303
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-12-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de diciembre de 2008, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Luis Gerardo Betancourt Ramos, argumentando la falta de motivación en el fallo de la Corte de Apelaciones. La Sala anuló la decisión de la Corte de Apelaciones y ordenó remitir el expediente para que se dictara una nueva sentencia, prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la nulidad anterior. La sentencia se fundamenta en la obligación de los tribunales de motivar adecuadamente sus decisiones y resolver todos los planteamientos hechos en el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La falta de resolución del recurso de apelación, implica la inmotivación del fallo dictado por la Corte de Apelaciones, porque actuando como tribunales de segunda instancia, están obligados a resolver todos los planteamientos hechos en el recurso de apelación, por lo que deben analizar y comparar las denuncias interpuestas en el recurso de apelación con lo establecido por el Juez de Juicio. No puede la Corte de Apelaciones, como sucede en el presente caso, limitarse a indicar que la decisión dictada por el juez de juicio “…no contiene duda racional que impida la afirmación o negación de un hecho principal influyente…”; que la decisión está fundamentada “…sobre una base lógica y elaborada sobre el resultado de la audiencia oral y pública…”, o que “…la sentencia cubre todos los aspectos relacionados con el asunto debatido…”, entre otras referencias, es imperativo que los argumentos que a bien decida esgrimir, cubran todas las expectativas planteadas por los recurrentes, pues todo ello satisface las razones del porque se condena o no al imputado en el proceso.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado. Y en consecuencia ANULA el fallo emitido por la Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 14 de marzo de 2008 y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal, para que previa distribución entre sus Salas se dicte nueva sentencia prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la nulidad anterior. Así se declara.
Palabras clave
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