Sentencia N° 664 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de diciembre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 664, Exp. CC09-410, 15/12/2009
ExpedienteCC09-410
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar declinó la competencia para conocer de la causa seguida al ciudadano ÁLVARO HOYOS SERNA por la presunta comisión del delito de estafa agravada. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el conflicto de competencia entre tribunales, estableciendo que la competencia territorial se determina por el lugar donde se consumó el delito. En este caso, el delito se consumó en el Estado Monagas, donde se presentó el cheque sin provisión de fondos.

Extracto de la motiva

La Sala Penal ha indicado que la competencia territorial de los Tribunales se determinará por el lugar donde el delito o falta se haya consumado y al respecto, el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 57 dispone: Artículo 57. Competencia Territorial. La competencia territorial de los tribunales se determina por el lugar donde el delito o falta se haya consumado. En caso de delito imperfecto será competente el del lugar en el que se haya ejecutado el último acto dirigido a la comisión del delito. En las causas por delito continuado o permanente el conocimiento corresponderá al tribunal del lugar en el cual haya cesado la continuidad o permanencia o se haya cometido el último acto conocido del delito. En las causas por delito o delito imperfecto cometidos en parte dentro del territorio nacional, será competente el tribunal del lugar donde se haya realizado total o parcialmente la acción u omisión o se haya verificado el resultado.

Dispositiva

Por las razones expuestas con anterioridad, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: declara COMPETENTE al Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para conocer de la presente causa seguida contra el ciudadano ÁLVARO HOYOS SERNA, por la presunta comisión del delito de ESTAFA.

Palabras clave

estafacompetenciaCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penalchequeprovisión de fondosjurisdiccióndelito

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