Sentencia N° 661 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de diciembre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 661, Exp. C09-399, 15/12/2009
ExpedienteC09-399
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-15
DecisiónAdmisible
Resumen
La Sala Accidental Especial de Adolescentes de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua declaró sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia que sancionó a un joven por homicidio intencional. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación por la defensa, alegando que el hecho fue accidental y no intencional. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, tras revisar el recurso, lo declaró admisible y convocó a una audiencia pública para su discusión.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Revisados los fundamentos del presente recurso, considera la Sala que el mismo cumple con los extremos señalados en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual lo declara admisible y, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466 eiusdem, convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30). Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara admisible el recurso de casación propuesto por la defensa del joven adolescente (Identidad Omitida). Se convoca la correspondiente audiencia pública, de conformidad con el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.
Palabras clave
homicidio intencionalrecurso de casaciónadolescenteCorte de ApelacionesCódigo Penalaudiencia públicadefensaintencionalidad