Sentencia N° 659 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de noviembre de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 659, Exp. C07-0502, 27/11/2007
ExpedienteC07-0502
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-11-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Ramón Cotua en representación de Rafael Enrique Monserrat Prato. La decisión se basa en que la sentencia de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, que anuló una decisión anterior del Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia, es de carácter interlocutoria y no pone fin al proceso ni hace imposible su continuación. Por lo tanto, no es susceptible de ser recurrida en casación.

Extracto de la motiva

El artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que: “Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos”. Así mismo, el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece cuáles son las decisiones recurribles en casación, entendiéndose que sólo podrá ser propuesto contra: “…las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público, haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas. Asimismo, serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aún cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el Apoderado Judicial del ciudadano RAFAEL ENRIQUE MONSERRAT PRATO. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.

Palabras clave

recurso de casacióndecisión interlocutoriaCódigo Orgánico Procesal Penalinadmisionderecho procesaljusticia penal

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