Sentencia N° 654 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de octubre de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 654, Exp. A25-548, 21/10/2025
ExpedienteA25-548
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-10-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Karina Jesika Goncalves de Abreu, en su condición de víctima, contra Randy Leonardo Franco Ling, por la presunta comisión del delito de lesiones culposas graves. La Sala argumenta que la solicitud no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ya que no se evidencian graves desórdenes procesales ni escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que justifiquen la intervención del Tribunal Supremo.
Extracto de la motiva
‘En cuanto a la presencia de la bacteria la fundamentación de la sentencia es vaga, por cuanto se basa en indicios de presunción, ya que con los elementos de prueba evacuados en juicio, solamente se demuestra la existencia de la vacteria (sic) y que existe la presunción que ésta se adquirió en el consultorio del acusado, más no indica de forma clara y pormenorizada las circunstancias que llevan a determinar fehacientemente la determinación o convicción sobre cómo se adquirió la bacteria, siendo así, ante la ausencia en la sentencia, de fundamentos de derecho en la apreciación de los elementos probatorios donde se indique fehacientemente que la lesión que presenta la víctima, se haya producido por la acción o inacción del acusado, es donde se considera que existe el vicio de inmotivación, siendo que lo procedente y ajustado a derecho es declara CON LUGAR, el primer motivo de denuncia de la defensa del ciudadano RANDY LEONARDO FRANCO LING’.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO presentada por la ciudadana KARINA JESIKA GONCALVES DE ABREU, identificada con la cédula de identidad número V-18.603.125, en su condición de víctima, asistida por el abogado Juan Luis González Taguaruco, titular de la cédula de identidad número V-6.869.360, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 45.027, de la causa penal que se le sigue al ciudadano RANDY LEONARDO FRANCO LING, titular de la cédula de identidad número V-14.416.016, signada con el alfanumérico 32J-466-25.