Sentencia N° 65 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 065, Exp. A26-12, 12/02/2026
ExpedienteA26-12
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2026-02-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Julio José Carrero Jiménez en representación de los ciudadanos Darvin Ramón Fuenmayor Zambrano, Ramón Antonio Fuenmayor Zambrano y Jackeline del Carmen Fuenmayor Suárez. La decisión se fundamenta en que la solicitud no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en los artículos 107 y 108, que exigen la existencia de graves desórdenes procesales o escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico para justificar el avocamiento.
Extracto de la motiva
Conforme a lo expuesto, la naturaleza discrecional y excepcional del instituto procesal del avocamiento, debe emplearse con criterios de interpretación restrictiva que permitan el uso prudente de esta facultad, la cual debe ser ejercida solo cuando deba impedirse o prevenirse situaciones que perturben de forma flagrante el orden institucional y constitucional, que justifiquen la intervención de alguna de las Salas de este Tribunal Supremo, con objeto de subsanar, corregir y restablecer el orden procedimental subvertido, evitando conflictos que puedan ocasionar trastornos, confusión, zozobra colectiva, o que de algún modo puedan entorpecer la actividad pública.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO, interpuesta por el profesional del Derecho Julio José Carrero Jiménez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el núm. 152.377, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos DARVIN RAMÓN FUENMAYOR ZAMBRANO, RAMÓN ANTONIO FUENMAYOR ZAMBRANO y JACKELINE DEL CARMEN FUENMAYOR SUÁREZ.