Sentencia N° 65 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de febrero de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 065, Exp. C09-323, 26/02/2010
ExpedienteC09-323
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-02-26
DecisiónCon Lugar y Sin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 573, resolvió el recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Julio Palomo Fort, condenado por delitos de violencia sexual y psicológica. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar algunas denuncias y con lugar otras, lo que llevó a la defensa a impugnar la decisión. La Sala admitió las denuncias sobre la falta de motivación en la calificación jurídica y la pena impuesta, declarando la nulidad de las decisiones previas y corrigiendo la pena a 28 años, 11 meses, 7 días y 12 horas de prisión por los delitos cometidos.
Extracto de la motiva
La Sala Penal advierte tal y como quedó establecido en sentencia N° 573 del 13 de noviembre de 2009, mediante la cual fueron admitidas las anteriores denuncias, que si bien el recurrente no cumplió a cabalidad con los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, de los argumentos expuestos en tales denuncias, se evidencia suficientemente la pretensión del impugnante en atacar a la recurrida por el vicio de inmotivación. Por ello, la Sala las resolverá en forma conjunta. En la primera, segunda y quinta denuncia, el recurrente señaló que la recurrida incurrió en el vicio de inmotivación, porque (según el recurrente) dejó de resolver un planteamiento expuesto en el recurso de apelación y confundió la correcta interpretación de la norma prevista en el artículo 99 del Código Penal, referido a la continuidad de los delitos. También señaló, que su defendido fue condenado por el delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA A ADOLESCENTE EN GRADO DE CONTINUIDAD, y que la Corte de Apelaciones no señaló su criterio propio en relación con la calificación dada, es decir, en criterio del reclamante la recurrida no expresó las razones de hecho y Derecho para fundamentar su fallo.
Dispositiva
1.- Declara sin lugar las denuncias primera, segunda y quinta del recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano CARLOS JOSÉ PALOMO FORT, contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. 2.- Declara con lugar las denuncias tercera y cuarta del recurso de casación interpuesto por la Defensa del ciudadano CARLOS JOSÉ PALOMO FORT, contra el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. 3.- Declara la nulidad del fallo dictado por el Tribunal Primero de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, el 23 de marzo de 2009 y la dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, el 11 de junio de 2009, sólo en cuanto a la calificación jurídica y la pena impuesta al ciudadano acusado CARLOS JULIO PALOMO FORT. 4.- Condena al ciudadano acusado CARLOS JULIO PALOMO FORT, a cumplir la pena de VEINTIOCHO AÑOS, ONCE MESES, SIETE DÍAS Y DOCE HORAS DE PRISIÓN, por los delitos de VIOLENCIA SEXUAL A ADOLESCENTE AGRAVADA EN GRADO DE CONTINUIDAD y VIOLENCIA FÍSICA, tipificados en los artículos 44 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.