Sentencia N° 647 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de noviembre de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 647, Exp. C05-0479, 15/11/2005
ExpedienteC05-0479
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-11-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Édgar Alexander Brito Torrez contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia que condenó a José Del Valle Cedeño Rodríguez a nueve años de presidio por violación agravada. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue desestimado por la Sala de Casación Penal del TSJ, argumentando que los vicios alegados no eran imputables a la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

El artículo 360 del Código Orgánico Procesal Penal, denunciado como infringido estipula: Artículo 360. “Discusión final y cierre del debate. Terminada la recepción de las pruebas, el Juez presidente concederá la palabra, sucesivamente, al Fiscal, al querellante y al defensor, para que exponga sus conclusiones. No podrán leerse escritos, salvo extractos de citas textuales de doctrina o de jurisprudencia para ilustrar el criterio del tribunal, sin perjuicio de la lectura parcial de notas para ayudar a la memoria. Si intervinieron dos o más fiscales, querellantes o defensores, todos podrán hablar, repartiendo sus tareas para evitar repeticiones o dilaciones. Seguidamente, se otorgará al Fiscal, al querellante y al defensor la posibilidad de replica, para referirse sólo a las conclusiones formuladas por parte contraria que antes no hayan sido discutidas. Quien preside impedirá cualquier divagación, repetición o interrupción. En caso de manifiesto abuso de la palabra, llamará la atención al orador, y, si este persiste, podrá limitar el tiempo del alegato, teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos en el examen, las pruebas recibidas y las cuestiones por resolver. Si está presente la víctima y desea exponer, se le dará la palabra, aunque no haya presentado querella. Finalmente, el Juez presidente preguntará al acusado si tiene algo más que manifestar. A continuación declarará cerrado el debate.”

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano José del Valle Cedeño Rodríguez.

Palabras clave

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