Sentencia N° 646 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de octubre de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 646, Exp. C15-335, 21/10/2015
ExpedienteC15-335
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-10-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 337, declara inadmisible la solicitud de nulidad planteada por la defensa del ciudadano Carlos Jonnathan León de la Rosa, así como desestima el recurso de casación interpuesto. La defensa alegó violaciones al derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, argumentando que la Corte de Apelaciones no valoró adecuadamente las pruebas presentadas. Sin embargo, la Sala concluye que la impugnante no fundamentó adecuadamente sus alegaciones y que los vicios denunciados no son atribuibles a la decisión de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La recurrente refiere la falta de aplicación del artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, atribuyéndole el vicio de inmotivación a la sentencia proferida por la Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto: “(...) realizó una decisión donde no se pronunció con respecto a lo planteado por el recurrente, en cuanto a las declaraciones de los expertas, ‘tampoco sobre la forma en que la jueza A-quo no las valoró ni adminiculó al resto de las pruebas e incluso como lo planteó como quien defiende en su punto previo, ni siquiera con la declaración del imputado, sin dar explicación alguna sobre lo que concluyó en un fallo condenatorio (...)”.

Dispositiva

PRIMERO: Declara INADMISIBLE la solicitud de nulidad planteada por la ciudadana abogada Jessica María Volweider Romero, Defensora Pública Octava con Competencia en Materia Especial de Delitos de Violencia Contra la Mujer, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, actuando como defensora del ciudadano CARLOS JONNATHAN LEÓN DE LA ROSA. SEGUNDO: DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada Jessica María Volweider Romero, Defensora Pública Octava con Competencia en Materia Especial de Delitos de Violencia Contra la Mujer, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, actuando como defensora del ciudadano CARLOS JONNATHAN LEÓN DE LA ROSA, en el proceso seguido contra el referido ciudadano, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, tipificado en el artículo 42, en relación con el artículo 65 numeral 7, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

Violencia SexualCasaciónDerecho a la Defensa

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