Sentencia N° 646 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de diciembre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 646, Exp. C09-231, 10/12/2009
ExpedienteC09-231
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos Eduardo Alberto Torres y Víctor Segundo Bracamonte, quienes habían sido condenados por el delito de robo agravado. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que condenó a los acusados a trece años y seis meses de prisión. La Sala consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones estaba debidamente motivada y que no se evidenciaron vicios en la motivación de la sentencia ni violaciones a la ley.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, en relación con la motivación de la sentencia, ha expresado en recientemente doctrina lo siguiente: “...Como es sabido, la motivación de las resoluciones judiciales cumple una doble función. Por una parte, permite conocer los argumentos que justifican el fallo y, por otra, facilita el control de la correcta aplicación del derecho. De ahí que, la finalidad o la esencia de la motivación no se reduce a una mera o simple declaración de conocimiento sino que ha de ser la conclusión de una argumentación que ajustada al thema decidendum, permita tanto a las partes como a los órganos judiciales superiores y demás ciudadanos conocer las razones que condujeron al dispositivo del fallo, de manera tal que pueda comprobarse que la solución dada al caso es consecuencia de una interpretación racional del ordenamiento que escapa de lo arbitrario…”.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensa de los ciudadanos acusados EDUARDO ALBERTO TORRES y VÍCTOR JOSÉ BRACAMONTE, contra el fallo dictado el 31 de marzo de 2009, por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.

Palabras clave

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