Sentencia N° 64 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de marzo de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 064, Exp. C12-11, 19/03/2012
ExpedienteC12-11
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-03-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Ninoska Beatriz Queipo Briceño, decidió desestimar el recurso de casación interpuesto por la abogada Ludmila González, representante de los denunciantes, en contra de la sentencia dictada por la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Caracas. La decisión de la Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra el sobreseimiento de la causa dictado por el Juzgado Décimo Séptimo de Control de Caracas, el cual fue ratificado por el Fiscal Superior del Área Metropolitana de Caracas.

Extracto de la motiva

La Sala Penal, observa, que en relación con el supuesto desarrollado en el segundo aparte del artículo 323 del código adjetivo penal, es decir, para los casos en que el Juez de Control no acepte la solicitud de sobreseimiento, fue explícito el legislador cuando le exige al Juez de Control enviar las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público, quien en forma motivada deberá ratificar o rectificar la petición. Ahora bien: si el Fiscal Superior ratifica (aprueba o confirma) la solicitud, el juez dictará el sobreseimiento de la causa pudiendo salvar su opinión. Por el contrario, si el Fiscal Superior rectifica la solicitud (contradice, modifica, corrige o reduce a la exactitud que debe tener), ordenará a otro fiscal continuar con la investigación o dictar algún acto conclusivo. Este es el orden procesal establecido por el legislador y ratificado por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal de la República, que garantiza, la tutela judicial efectiva y el principio de la doble instancia, lo contrario sería atentar contra la uniformidad de la jurisprudencia…

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada LUDMILA GONZÁLEZ, representante legal de los ciudadanos denunciantes, en contra de la sentencia dictada en fecha 28 de septiembre de 2011, por la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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