Sentencia N° 636 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 636, Exp. C09-409, 09/12/2009
ExpedienteC09-409
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Jesús Alberto Cardozo González, quien fue condenado a dieciocho años de presidio por homicidio calificado. La defensa alegó infracciones en la motivación de la sentencia y en el principio del contradictorio, argumentando que el tribunal de juicio no consideró adecuadamente las pruebas presentadas. El Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, determinó que la Corte de Apelaciones no incurrió en vicios de inmotivación y desestimó el recurso de casación propuesto por la defensa.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el impugnante, tal como lo señala en el escrito contentivo del recurso de casación propuesto, recurrió en apelación por la apreciación que hiciera el juez de Juicio de las declaraciones de dos testigos que depusieron en el debate oral y público, sin que estuviera presente el acusado, por haber sido declarado contumaz por negarse al traslado a la sede del tribunal para la continuación del juicio oral, pero estando presente el abogado defensor. El recurso de apelación le fue declarado sin lugar por la Corte de Apelaciones y al no estar de acuerdo con las razones expuestas por dicha instancia judicial, interpuso recurso de casación alegando las mismas infracciones y los mismos vicios. El recurrente no cumple con la doctrina reiterada de la Sala en cuanto a la forma como las cortes de apelaciones pueden incurrir en el vicio de inmotivación de sentencia. Respecto a esto último, ha expresado la Sala, que 'no constituye el vicio de inmotivación el desacuerdo de las partes con los fundamentos de derecho determinados en el fallo, por cuanto la falta de motivación es imputable a las cortes de apelaciones, cuando no señalen los fundamentos de hecho y de derecho por los cuales se adopta la sentencia o cuando se omita cualquiera de las circunstancias expuestas por el apelante en el recurso de apelación'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuestos por la defensa del acusado JESÚS ALBERTO CARDOZO GONZÁLEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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