Sentencia N° 634 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 634, Exp. C09-342, 09/12/2009
ExpedienteC09-342
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-09
DecisiónDesestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación
Resumen
La Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública contra la sentencia que condenó a Isidro Ramón Gutiérrez Villegas a diez años de prisión por el delito de cooperador inmediato en el delito de violencia sexual. La Defensora Pública presentó un recurso de casación alegando falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones.
La Sala de Casación Penal, al examinar el recurso, determinó que la Corte de Apelaciones sí había expresado las razones que fundamentaron su decisión, y que el desacuerdo de la recurrente no constituía un vicio de inmotivación. Por lo tanto, se desestimó el recurso de casación por ser manifiestamente infundado.
Finalmente, se publicó y registró la decisión, reafirmando la condena impuesta al acusado.
Extracto de la motiva
La impugnante denuncia falta de motivación de acuerdo a lo establecido en el artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que la Corte de Apelaciones al emitir su fallo no expuso los fundamentos sobre los cuales basó su decisión, la cual en su criterio, no fue el producto o resultado de una operación racional e intelectual, incumpliendo con la obligación de motivar el fallo conforme lo establece la mencionada disposición. Agrega que la referida instancia judicial, se limitó a señalar que la sentencia de juicio dio cumplimiento al contenido del artículo 364, ordinales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, basándose en consideraciones genéricas, omitiendo expresar de manera clara las razones que la llevaron a determinar, que la decisión se encontraba ajustada a derecho. No obstante, también aduce entre otros aspectos, que la decisión dictada por el Tribunal de juicio es ilógica pues, de las declaraciones de los testigos y de la propia víctima no se desprende la comisión del delito y, por tanto, la Corte de Apelaciones no ha debido confirmar dicha decisión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación propuesto por el Defensora Pública Primera en Materia sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, adscrita a la Defensa Pública Penal del Estado Carabobo.
Palabras clave
casacionviolencia sexualfalta de motivacionderecho a la defensasentenciarecursosjusticia penal