Sentencia N° 63 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de febrero de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 063, Exp. C14-314, 19/02/2015
ExpedienteC14-314
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-02-19
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación presentado por el abogado Armando de la Rotta Aguilar, defensor privado de Johan Enrique Briceño Paredes, quien había sido condenado a 20 años de prisión por tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había aumentado la pena impuesta inicialmente de 16 años. La Sala consideró que el recurso no cumplía con las formalidades exigidas y carecía de fundamentación adecuada, lo que llevó a la decisión de desestimar el recurso por manifiestamente infundado.
Extracto de la motiva
Vista la denuncia planteada por el recurrente, la Sala considera que la misma no cumple con las formalidades exigidas en el artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, careciendo dicho escrito de una debida y clara fundamentación, omitiendo indicar los preceptos legales que considera violados y motivos de procedencia: falta de aplicación, indebida aplicación o por errónea interpretación, así como tampoco expresó de qué modo impugna la decisión, desvirtuando la naturaleza propia del Recurso de Casación. En efecto, los requisitos para la interposición del Recurso de Casación previstos en los artículos 452 y 454 del Código Orgánico Procesal Penal, no pueden ser vistos como formalismos no esenciales, pues constituyen una garantía para las partes, dado el ámbito especial y el carácter extraordinario del Recurso de Casación. La Sala de Casación Penal acota que, no puede suplir la actividad propia del recurrente en cuanto a la fundamentación de las denuncias, ya que éste se encuentra obligado a formularlas de manera clara y precisa, indicando los motivos de procedencia por separado, cuando sean varios, especificando además, cuándo y en qué sentido se incurrió en la violación alegada.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación presentado por el abogado Armando de la Rotta Aguilar, actuando como defensor privado del ciudadano JOHAN ENRIQUE BRICEÑO PAREDES, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 457 Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese regístrese y ofíciese lo conducente.
Palabras clave
Recurso de CasaciónTráfico IlícitoSustancias EstupefacientesPenal