Sentencia N° 627 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de noviembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 627, Exp. A08-297, 20/11/2008
ExpedienteA08-297
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-11-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió una solicitud de avocamiento presentada por los abogados Roberto Taricani Lozada y José Ángel Añez Álvarez en defensa de Jesús Eduardo Arellano Quintana. La solicitud se fundamentó en la vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso, alegando irregularidades en la tramitación de la acusación por parte del Ministerio Público. La Sala decidió paralizar el proceso y solicitar el expediente correspondiente al juzgado de origen.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al analizar la solicitud de avocamiento, consideró que las violaciones constitucionales alegadas por los solicitantes eran procedentes. Se destacó que el Juzgado Tercero de Primera Instancia había fijado una audiencia preliminar, pero el Ministerio Público solicitó un diferimiento sin presentar la reforma de la acusación, lo que generó una situación de indefensión para la defensa. La Sala enfatizó la importancia del principio de preclusión en el proceso penal y la necesidad de respetar los derechos de las partes en el procedimiento.
Dispositiva
Se admite la solicitud de avocamiento y se ordena solicitar al Juzgado Segundo en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Guanare, el expediente identificado bajo el número 2M-251-08. Se ordena paralizar el proceso.
Palabras clave
avocamientoderecho a la defensadebido procesoCódigo Orgánico Procesal Penalaudiencia preliminarMinisterio Públicoacusación