Sentencia N° 625 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de octubre de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 625, Exp. A15-251, 02/10/2015
ExpedienteA15-251
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-10-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de avocamiento presentada por el abogado Virgilio Acosta, defensor del adolescente involucrado en un proceso penal por lesiones personales graves. La solicitud fue declarada inadmisible, ya que no se acreditó que existiera un proceso penal formal contra el adolescente, lo que impide la aplicación del avocamiento según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, para decidir, ha señalado en lo que respecta a la solicitud de AVOCAMIENTO, en varias oportunidades que es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o, en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Asimismo, ha dicho esta Sala de Casación Penal, que el AVOCAMIENTO procede cuando no exista otro medio procesal idóneo y eficaz, capaz de restablecer la situación jurídica infringida y que no pueda ser reparada mediante el planteamiento de una incidencia o de un recurso ante cualquier instancia competente, por lo que las partes están obligadas a agotar todos los recursos procesales existentes, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano abogado VIRGILIO ACOSTA, actuando con el carácter de defensor privado del adolescente (identidad omitida), representado en este acto por su padre, ciudadano FRANCISCO ACOSTA PARRA, con motivo de la causa que cursa según señala el solicitante ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del estado Vargas.

Palabras clave

avocamientofiscalíagarantías constitucionalesimputaciónirregularidadespoder judicial

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