Sentencia N° 625 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de noviembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 625, Exp. C08-301, 20/11/2008
ExpedienteC08-301
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-11-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la víctima Maximina Díaz, asistida por su abogado Rubén Darío Ortiz. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible el recurso de apelación por extemporáneo, lo que motivó la impugnación. La Sala concluye que la decisión de la Corte de Apelaciones fue debidamente motivada y ajustada a derecho, ya que el recurso fue interpuesto fuera del lapso legal establecido por el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
En el presente recurso de casación la víctima recurrente denunció, que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro incurrió en falta de motivación al declarar inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, que decretó a solicitud del representante del Ministerio Público, el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano Juez, abogado JORGE CÁRDENAS MORA. Al respecto, advierte la Sala que la decisión dictada por la Corte de Apelaciones, es la siguiente: “… En fecha 07/05/2008 se dicta Resolución Motivada en el tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal, que declaró el sobreseimiento de la causa conforme a lo establecido en el artículo 318 numerales 1°, 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, causa en la cual aparece como investigado el Juez Jorge Alejandro Cárdenas Mora. Contra el referido fallo ejerce Recurso de Apelación la Ciudadana Maximina Díaz, titular de la Cédula de Identidad N° 452277, asistida por el Abogado RUBEN DARÍO ORTIZ. Suben las actuaciones a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, dándosele entrada en el libro de Causas en fecha 14 de Mayo de 2008, asignándose Ponente al Magistrado DIOSNARDO ANTONIO FRONTADO VARGAS, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia, interpuesto por la ciudadana MAXIMINA DÍAZ en su condición de víctima; asistida por el Abogado RUBÉN DARIO ORTIZ, de conformidad con el artículo 437 letra b, del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE…
Palabras clave
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