Sentencia N° 625 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de noviembre de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 625, Exp. C04-0287, 03/11/2005
ExpedienteC04-0287
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-11-03
DecisiónANULA
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula decisiones previas de la Corte de Apelaciones y del Juzgado Quinto de Control, relacionadas con la querella presentada por Rosario Lauretta Braffa contra Nunzio Lauretta Braffa y otros, por delitos de estafa y apropiación indebida. La Sala determina que las causas deben acumularse para evitar decisiones contradictorias, dado que ambas denuncias abordan los mismos hechos y acusados.
Extracto de la motiva
La Sala revisó las actuaciones del expediente y observó un vicio que violó el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 26 de la Constitución, vale decir el derecho fundamental de obtener del órgano jurisdiccional la decisión correspondiente fundada en Derecho y dentro de un debido proceso. El artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal establece: 'La acumulación de autos en materia penal se efectuará en cualquier caso en que el criterio judicial dependa de la relación que guardan entre sí los varios hechos enjuiciados'. Por su parte, el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal consagra la unidad del proceso y establece entre otras cosas que 'Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos (...) ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas...'. Ahora bien: en la presente causa existe un asunto penal pendiente pues no ha sido decidido, por encontrase en la fase preparatoria, consistente en la denuncia interpuesta el 17 de agosto de 2002 por el ciudadano Giuseppe Salvatore Lauretta Lupo contra los ciudadanos Nunzio Lauretta Braffa, Angelo Giuseppe Lauretta Ynchisciani, Nicola Fabio Lauretta Ynchisciani, Jairo Romero y Amalia Sánchez, por la supuesta comisión de los delitos de estafa y apropiación indebida calificada.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1) ANULA las decisiones dictadas el 7 de mayo de 2004 por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y el 14 de julio de 2003 por el Tribunal Quinto de Control del señalado Circuito Judicial Penal; y 2) ORDENA al ciudadano Juez Presidente de ese Circuito Judicial Penal que envíe la causa, previa distribución, a otro Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y realice la acumulación de las causas, según lo establecido en los artículos 66 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal y se continúe con la investigación.
Palabras clave
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