Sentencia N° 623 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de agosto de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 623, Exp. C15-324, 02/10/2015
ExpedienteC15-324
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-08-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la defensa de David de Jesús Fonseca Castillo, quien había sido condenado por abuso sexual a adolescente. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la impugnación. La Sala determinó que la Corte de Apelaciones no cumplió con los requisitos de motivación exigidos por la ley, lo que generó un estado de indefensión para el acusado. Se convocará a una audiencia oral y privada para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes dictó el fallo que declaró Sin Lugar el recurso de apelación el 2 de marzo de 2015; sin embargo, el 18 de junio de 2015 fue la fecha en que se consignaron ante esa instancia judicial las resultas del acto de imposición de la sentencia al acusado David de Jesús Fonseca Castillo, por parte de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, la cual fue comisionada para tal fin y cumplió el mismo el 27 de mayo de 2015. Siendo así, es desde el día siguiente a la fecha en la que constan las resultas de la imposición del fallo en el expediente que contarse el lapso para la interposición del recurso de casación. El acto de imposición de sentencia ante el Tribunal comisionado por la Alzada, en este caso la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ocurrió el 27 de mayo de 2015, tal como consta en el folio 246 de la pieza 3 del expediente, y el 18 de junio de 2015 se insertaron en el expediente las resultas de la imposición del fallo de Alzada y en la misma fecha se produjo la consignación del escrito contentivo del recurso de casación interpuesto por los abogados Alan Michell Prats Crespo y Émily Noguera, Defensores Privados del acusado David de Jesús Fonseca Castillo.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE el recurso de casación interpuesto por los abogados Alan Michell Prats Crespo y Émily Noguera Hernández, en su carácter de Defensores Privados del acusado DAVID DE JESÚS FONSECA CASTILLO, en contra de la decisión dictada, el 2 de marzo de 2015, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes. SEGUNDO: CONVOCA a las partes a una audiencia oral y privada que deberá realizarse en un plazo no menor de quince ni mayor de treinta días.