Sentencia N° 620 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de noviembre de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 620, Exp. C07-0182, 07/11/2007
ExpedienteC07-0182
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-11-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de noviembre de 2007, declaró con lugar las denuncias admitidas y anuló la decisión de la Corte de Apelaciones que había confirmado el sobreseimiento de la causa por homicidio culposo en contra de los médicos Aquiles Antonio Iturbe Finol y Aderito de Sousa Fontes. La Sala consideró que no se acreditó la comisión del delito y ordenó la reposición de la causa para la realización de una nueva audiencia preliminar, enfatizando la importancia de la motivación adecuada en las decisiones judiciales y el respeto al debido proceso.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, al revisar la decisión recurrida, constató que la Corte de Apelaciones había confirmado el sobreseimiento dictado por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control, argumentando que no estaba acreditada la comisión del delito de homicidio culposo. Sin embargo, la Sala observó que la decisión carecía de la debida motivación y que los elementos de convicción presentados no eran suficientes para desestimar las acusaciones. En consecuencia, se determinó que era necesario realizar una nueva audiencia preliminar para garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar las denuncias admitidas, anula la decisión dictada por la Corte de Apelaciones, Sala N° 2, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de febrero de 2007 y la decisión dictada, en fecha 03 de octubre de 2005, por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal y, en consecuencia, ordena la reposición de la causa al estado en que se realice una nueva audiencia preliminar a los imputados Aquiles Antonio Iturbe Finol, médico anestesiólogo y Aderito de Sousa Fontes, médico otorrinolaringólogo atendiendo a lo expresado en la presente decisión.

Palabras clave

homicidio culposoanestesiologíamédicoresponsabilidad médicaaudiencia preliminarsobreseimientoderecho a la defensa

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