Sentencia N° 619 — Sala de Casación Penal del TSJ, 2 de octubre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 619, Exp. C15-274, 02/10/2015
ExpedienteC15-274
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-10-02
DecisiónDesestima el recurso de casación interpuesto
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Williams Rafael Navarro García, quien fue condenado a quince años de prisión por el delito de violencia sexual. La decisión de la Corte de Apelaciones, que confirmó la condena, fue considerada adecuada y motivada, a pesar de las alegaciones de la defensa sobre falta de motivación y análisis de las pruebas. La Sala concluyó que la declaración de la víctima y las pruebas presentadas eran suficientes para demostrar la culpabilidad del acusado.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal considera que la declaración de la víctima fue contundente y corroborada por pruebas testimoniales y periciales, lo que permite establecer la veracidad de los hechos denunciados. Se destaca la gravedad del delito de violencia sexual y la necesidad de proteger a las víctimas, especialmente a las adolescentes, en el contexto de la ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la abogada Jeannette Bernui en su carácter de Defensora Pública Segunda en Materia sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Área Metropolitana de Caracas, en representación del acusado Williams Rafael Navarro García contra la decisión emitida el 30 de abril de 2015, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró Sin Lugar el recurso de apelación ejercido por la denunciante, y que CONFIRMÓ la decisión dictada, el 14 de noviembre de 2014, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia Especial en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que CONDENÓ al referido ciudadano a cumplir la pena de quince (15) años de prisión por la comisión del delito de Violencia Sexual, tipificado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Palabras clave
violencia sexualcasaciónadolescentederecho de las mujeresjusticia