Sentencia N° 617 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de noviembre de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 617, Exp. C07-0327, 07/11/2007
ExpedienteC07-0327
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-11-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decidió declarar con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano Carlos Eduardo Cano Sifontes, anulando la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. La Sala observó que la Corte de Apelaciones incurrió en un error al analizar las pruebas y en el vicio de falta de motivación, lo que afectó el derecho al debido proceso y a la defensa del acusado. Se ordenó que el expediente sea remitido al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal para que se constituya una nueva Sala Accidental de la Corte de Apelaciones y se dicte una nueva sentencia corrigiendo el vicio identificado.
Extracto de la motiva
La defensa del ciudadano Carlos Eduardo Cano Sifontes planteó tres denuncias en el recurso de apelación, en los términos siguientes: 'PRIMERA DENUNCIA. Con apoyo en el numeral 3 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, denunciamos la violación por parte de la recurrida de los artículos 26, aparte único, 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 1 del Código Orgánico Procesal Penal; 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos...'. 'SEGUNDA DENUNCIA. Con apoyo en el numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, denunciamos el vicio de inmotivación en la sentencia, por violación de los numerales 3 y 4 del artículo 364, “eiusdem”...'. 'TERCERA DENUNCIA. De conformidad con el numeral 2º del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, denunciamos el vicio de inmotivación por falta de análisis comparativo integral del acervo probatorio en relación con excepción de hecho (legítima defensa) contenida en la confesión calificada del acusado, con la consiguiente violación de los artículos 49 de la Constitución y numeral 4 del artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, respectivamente...'.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expresadas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del ciudadano Carlos Eduardo Cano Sifontes, y en consecuencia, ANULA la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar y ORDENA que el expediente sea remitido al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal en referencia, para que se constituya una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, a fin de que dicte una nueva sentencia, corrigiendo el vicio que dio lugar a la presente decisión.
Palabras clave
homicidio intencionaluso indebido de arma de fuegosimulación de hecho puniblelegítima defensavicio de inmotivaciónderecho al debido procesosentencia de casación