Sentencia N° 613 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de noviembre de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 613, Exp. C05-0058, 01/11/2005
ExpedienteC05-0058
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-11-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público, anulando la sentencia de la Sala Accidental Segunda que absolvió a ENOCH MORÓN CAMPOS del delito de homicidio culposo. La Sala determina que la acción penal se encuentra prescrita y decreta el sobreseimiento de la causa. Se establece que el delito de homicidio culposo fue perpetrado el 31 de mayo de 1997, y que el tiempo para la prescripción había transcurrido antes de la sentencia de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La falta de análisis de las declaraciones arriba mencionadas, hace que el fallo recurrido, en cuanto al establecimiento de la responsabilidad del acusado ENOCH MORÓN CAMPOS, luzca inmotivado. De manera reiterada ha señalado la Sala que motivar una sentencia es explicar la razón jurídica en virtud de la cual adopta determinada resolución, por lo que es necesario discriminar el contenido de cada prueba, analizarla y compararla con las demás existentes en autos y por último valorarlas conforme al sistema probatorio que corresponda (tarifado si las pruebas fueron evacuadas bajo el Código de Enjuiciamiento Criminal o de la sana critica si fueron evacuadas posteriormente). En consecuencia, se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar el recurso de casación propuesto por el Ministerio Público, anula la sentencia dictada por la Sala Accidental Segunda para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de noviembre de 2004, únicamente en lo que respecta a la absolutoria dictada a favor del ciudadano ENOCH MORÓN CAMPOS y decreta, de oficio, el sobreseimiento de la causa seguida contra el nombrado acusado, quien es venezolano, natural de Caracas, Médico Obstetra, con cédula de identidad Nº 4.085.007, por prescripción, de la acción penal, con apoyo en los artículos 318, numeral 3, en relación con el 48, numeral 8, del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

homicidio culposoprescripciónrecurso de casaciónanestesiamuerteresponsabilidad penalCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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