Sentencia N° 610 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de diciembre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 610, Exp. C09-174, 03/12/2009
ExpedienteC09-174
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de diciembre de 2009, declaró con lugar las denuncias primera y tercera del recurso de casación interpuesto por la defensa de LUIS HERNANDO ORTÍZ RAMOS, anula el fallo de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia y ordena remitir el expediente para que se dicte una nueva sentencia. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar el recurso de apelación, pero su pronunciamiento fue considerado contradictorio y en violación del debido proceso, ya que se ordenó la reposición de la causa respecto a un delito que no había sido imputado formalmente al acusado.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Por cuanto las denuncias primera y tercera están íntimamente relacionadas, esta Sala de Casación Penal pasa a resolverlas conjuntamente. La Defensa denuncia la incongruencia en el dispositivo del fallo, en el sentido de que la declaratoria con lugar del recurso de apelación hace imposible ejecutar los demás pronunciamientos. La Corte de Apelaciones al declarar con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensa, no sólo anuló lo concerniente a la presunta comisión del delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR (delito que no se había imputado), previsto en el artículo 6 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, sino que también ordenó reponer la causa en lo que respecta a ese delito, para finalmente condenar al acusado solamente por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, delito por el cual admitió los hechos.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR las denuncias primera y tercera y SIN LUGAR las denuncias segunda y cuarta del Recurso de Casación, interpuesto por la Defensora LESLIS MORONTA LÓPEZ a favor del acusado. En consecuencia ANULA el fallo dictado por la Sala Tres de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, del 17 de Febrero de 2009, y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para que previa distribución entre sus Salas se dicte nueva sentencia, con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la nulidad anterior.

Palabras clave

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