Sentencia N° 609 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de septiembre de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 609, Exp. A15-226, 15/09/2015
ExpedienteA15-226
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-09-15
DecisiónInadmisible

Resumen

El ciudadano Óscar Enrique Coromoto Paz Martínez solicitó avocamiento ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en relación con un proceso penal por presunta comisión de abuso sexual. La solicitud fue motivada por la alegación de graves desórdenes procesales y violaciones al ordenamiento jurídico en las decisiones previas. Sin embargo, la Sala declaró inadmisible la solicitud, argumentando que no se cumplían las condiciones necesarias para su admisión, ya que el solicitante no había agotado los recursos ordinarios disponibles en el proceso penal.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo a cualquier tribunal, independientemente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso, o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Por ello, se han establecido formas y condiciones concurrentes para su admisibilidad, de acuerdo a las cuales éste sólo será admisible en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana, o cuando no se hayan atendido o fueren mal tramitados los recursos ordinarios y extraordinarios que buscan restituir la situación jurídica infringida, ejercidos por los interesados.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el ciudadano Óscar Enrique Coromoto Paz Martínez, asistido por el abogado José Luis Machado Astudillo. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente.

Palabras clave

avocamientoderecho de defensaprescripcióndebido procesoviolencia contra la mujerinseguridad jurídica

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