Sentencia N° 603 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de octubre de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 603, Exp. CC05-0413, 20/10/2005
ExpedienteCC05-0413
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2005-10-20
DecisiónDECLARA COMPETENTE EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Primero de Control del Estado Táchira y el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de Barinas. El caso involucra al ciudadano Germán Alberto Ayala Reyes, investigado por contrabando de extracción. La Sala determinó que la jurisdicción penal ordinaria es competente para conocer de la investigación, atribuyendo al Juzgado Primero de Control la competencia para seguir conociendo el caso.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: En esta incidencia están involucrados dos Tribunales de distinta jerarquía y tienen atribuidas competencias diferentes. A los tribunales de la jurisdicción penal ordinaria les está atribuida la competencia para conocer de las causas por la comisión de los delitos, faltas o contravenciones contenidas, entre otras legislaciones, en la Ley Orgánica de Aduanas, la que en el Título VI, “DEL ILÍCITO ADUANERO”, en su artículo 104 estipula lo siguiente: Artículo 104. “Incurre en contrabando y será penado con prisión de dos a cuatro años quien, mediante actos u omisiones eluda o intente eludir la intervención de las autoridades aduaneras en la introducción de mercancías al territorio nacional o en la extracción de la misma de dicho territorio…”. Por su parte, el Código Orgánico Procesal Penal señala: Artículo 64. “… Tribunales Unipersonales. Es de la competencia del Tribunal de Juicio unipersonal el conocimiento de: … 2. Las causas por delitos cuyas penas en su límite superior no exceda de cuatro años de privación de libertad…”. Artículo 532. “Funciones Jurisdiccionales. El juez de control, durante las fases preparatorias e intermedia, hará respetar las garantías procesales, decretará las medidas de coerción que fueren pertinentes, realizará la audiencia preliminar, aprobará acuerdos reparatorios y aplicará el procedimiento por admisión de los hechos…”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, para seguir conociendo de la causa seguida al ciudadano Germán Alberto Ayala Reyes. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

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