Sentencia N° 602 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de noviembre de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 602, Exp. C07-0376, 05/11/2007
ExpedienteC07-0376
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-11-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la defensa de los acusados Edgardo Rafael Villareal Berrio y Wilzo Yovanni Romero Prieto, quienes fueron condenados por el delito de robo genérico. La Corte de Apelaciones consideró que la denuncia presentada por la defensa no era clara ni precisa, lo que llevó a desestimar el recurso por infundado.

Extracto de la motiva

De la lectura de la denuncia se evidencia que la misma no es clara ni precisa, en efecto, los recurrentes se limitaron a señalar la errónea interpretación de la disposición final contenida en el Código Orgánico Procesal Penal relativa a la extraactividad del citado Código Adjetivo para regular la aplicabilidad de sus normas a los procesos penales y, argumentan la decisión de la Corte de Apelaciones que le es desfavorable, más no determinaron cómo debe ser interpretado el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, denunciado como infringido y como se adecua al caso concreto. Al respecto, esta Sala de Casación Penal, ha establecido que: “…Cuando se denuncie el vicio de errónea interpretación debe el recurrente señalar de que forma equivocó el juzgador la interpretación de dicha norma en su alcance general y abstracto y en el caso en concreto (…) como ha debido interpretarla y, las consecuencias que se derivan de ello…”. (Sentencia N° A-117, del 14 de Noviembre de 2006). En consecuencia, se considera procedente desestimar, por manifiestamente infundada, la presente denuncia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación propuesto por la defensa de los acusados Edgardo Rafael Villareal Berrio y Wilzo Yovanni Romero Prieto. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

robocasaciondelitodefensasentenciaCódigo Orgánico Procesal Penaljurisprudenciaadmisibilidad

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