Sentencia N° 60 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de febrero de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 060, Exp. A07-0568, 07/02/2008
ExpedienteA07-0568
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-02-07
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una solicitud de avocamiento presentada por los abogados de la víctima, María Candelaria Aguilar, en relación a la causa NP01-P-2005-000838. La solicitud se fundamentó en la alegación de violaciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, tras la anulación de un fallo absolutorio por la Corte de Apelaciones. La Sala, sin embargo, declaró inadmisible la solicitud, argumentando que no se evidenciaron circunstancias que justificaran el avocamiento, y que las irregularidades señaladas no constituían una grave violación al ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
La Sala, encontrándose en la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad o no de la presente solicitud, observa lo siguiente: Consta en el escrito presentado por el apoderado judicial de la víctima la siguiente reseña procesal: ‘…el ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas presentó formal acusación contra el ciudadano Willians José Cermeño Cermeño por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en agravio del hijo de nuestra demandante ciudadano JUAN CARLOS MILLÁN AGUILAR...’. La audiencia del juicio oral y público se celebró ante el Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, presidido por el abogado José Eusebio Jiménez, actuando en forma unipersonal, el cual culminó con la sentencia publicada en fecha 25 de enero de 2007, donde absolvió al imputado Willians José Cermeño Cermeño, del delito que el imputó el Ministerio Público, por estimar que había operado la causa de justificación prevista en el numeral 3 del artículo 65 del Código Penal... La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, mediante sentencia de fecha 11 de octubre del corriente año 2007, anuló el fallo del Tribunal Quinto de Juicio que impugnáramos mediante el recurso de apelación, y ordenó que se celebrara un nuevo juicio oral y público de conformidad con lo previsto en el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal... La decisión de la Corte de Apelaciones, a pesar de que anula el fallo no acuerda la aprehensión del imputado Willians Cermeño Cermeño, ya que el decreto de su libertad emana o depende de la declaratoria de su absolutoria, por lo que, como consecuencia lógica de la anulación del fallo que lo absuelve, queda anulado igualmente el acuerdo dictado en la misma sentencia que decreta su inmediata libertad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal...
Dispositiva
Por lo antes expuesto, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por los abogados Iván José Ibarra Rodríguez y Sonia Zaragoza de Guatarasma, apoderados judiciales de la ciudadana María Candelaria Aguilar, víctima en el presente caso. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.