Sentencia N° 60 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de febrero de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 060, Exp. C02-0431, 20/02/2003
ExpedienteC02-0431
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-02-20
DecisiónANULA DE OFICIO y ORDENA la remisión del expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia revisó un caso de homicidio donde la Corte de Apelaciones había declarado inadmisible un recurso de apelación. La Sala constató que la Corte había violado principios procesales al no considerar los recursos interpuestos por la parte acusadora y la defensa. Por lo tanto, decidió anular de oficio la sentencia de la Corte de Apelaciones y ordenar que se conocieran los recursos de apelación.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia ha revisado el expediente y encontró que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, incurrió nuevamente en la violación de los principios y garantías procesales y en especial los referidos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En efecto: la Sala constató que la Corte de Apelaciones en la decisión del 22 de agosto de 2002, omitió conocer los recursos de apelación interpuestos por la parte acusadora, ciudadano ATA BRESH GHAMAH, asistido por la ciudadana abogada DILIA BLANCO, el 13 de julio del año 2000, inserto en los folios 149 al 151 de la quinta pieza del expediente y por la ciudadana abogada ANGELA ROMÁN, Defensora Pública Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en representación del imputado JOSÉ RAMÓN CEDEÑO RIVAS y consignado el 4 de julio del año 2000, inserto en los folios 152 al 155 de la señalada pieza.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1) ANULA DE OFICIO y ORDENA la remisión del expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico para que se pronuncie sobre los recursos de apelación interpuestos por la parte acusadora, ciudadano ATA BRESH GHAMAH y por la Defensa del imputado JOSÉ RAMÓN CEDEÑO RIVAS y 2) NO ENTRA A CONOCER en esta oportunidad el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado FRANK REINALDO TORRES SIERRA, Defensor del ciudadano imputado CRUZ MANUEL CASTRO OLIVO.

Palabras clave

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