Sentencia N° 6 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de febrero de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 006, Exp. E19-29, 13/02/2019
ExpedienteE19-29
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2019-02-13
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano Alfredo José Serrano Laya, quien se encuentra detenido en Perú. La solicitud fue fundamentada en la presunta comisión de delitos de tráfico y comercio ilícito de recursos o materiales estratégicos agravado y asociación, previstos en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. La Sala declaró su competencia para conocer el caso y consideró que se cumplían los requisitos legales para la extradición.
Extracto de la motiva
Del análisis de los artículos transcritos precedentemente se evidencia que la acción penal prescribe por un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si es privativa de libertad, comenzando a transcurrir la prescripción desde el día de la consumación de la actividad delictiva, y se interrumpe por las actuaciones del Ministerio Público o de las autoridades judiciales, quedando sin efecto el tiempo transcurrido; o, en todo caso, la acción penal prescribe cuando el tiempo transcurrido sobrepasa en una mitad el plazo ordinario de prescripción. En tal sentido, en la República del Perú el delito de menor entidad punitiva por el que se encuentra solicitado el ciudadano Alfredo José Serrano Laya, es el de hurto agravado, cuya pena máxima es de ocho (8) años, en virtud de lo cual, al haberse cometido la acción delictiva el 12 de enero de 2018; y el último acto del órgano jurisdiccional el realizado el 24 de enero de 2019, cuando se acordó el inicio del procedimiento de extradición activa, resulta innegable que hasta este momento contado a partir de dicho acto, no ha transcurrido el tiempo de prescripción establecido por la ley, por lo que se encuentra vigente la acción penal en su contra y, por ende, la solicitud de extradición presentada por el Estado venezolano es procedente y debe ser admitida.
Dispositiva
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano ALFREDO JOSÉ SERRANO LAYA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.441.408, a la República del Perú, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de tráfico y comercio ilícito de recursos o materiales estratégicos agravado y asociación. SEGUNDO: La República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, ASUME el firme compromiso ante la República del Perú, que el ciudadano Alfredo José Serrano Laya, será juzgado únicamente por los delitos mencionados con las debidas garantías consagradas en la Constitución.