Sentencia N° 6 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de enero de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 006, Exp. E15-266, 21/01/2016
ExpedienteE15-266
PonenteYanina Beatriz Karabin de Díaz
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2016-01-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano IVÁN ENRIQUE GÓMEZ DÍAZ GRANADOS, requerido por las autoridades colombianas por delitos de concierto para delinquir agravado y transferencia no consentida de activos. La Sala determinó que, tras el vencimiento del plazo de noventa días para la presentación de la documentación judicial necesaria por parte del gobierno colombiano, se decreta la libertad del demandado y el archivo del expediente de extradición.
Extracto de la motiva
Recibidas las actuaciones provenientes del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, referidas a la aprehensión del ciudadano IVÁN ENRIQUE GÓMEZ DÍAZ GRANADOS, de nacionalidad colombiana y venezolana (adquirida), en virtud de la Notificación Azul Internacional con alfanumérico B-111/1-2015, de fecha 26 de enero de 2015, emitida por la Secretaría General de INTERPOL a solicitud de las autoridades de la República de Colombia, por los delitos de Concierto para Delinquir Agravado y Transferencia no Consentida de Activos, esta Sala de Casación Penal, a los fines de decidir sobre la solicitud realizada por la abogada, Hilmarys Velasquez Santacruz, Fiscal Quinto del Ministerio Público de la circunscripción judicial del estado Nueva Esparta, observa: Tal como se determinó precedentemente, contra el ciudadano IVÁN ENRIQUE GÓMEZ DÍAZ GRANADOS, existe un requerimiento bajo la modalidad de Notificación o Alerta Azul, expedida por la INTERPOL de la República de Colombia y al respecto observa que, en un caso similar al que nos ocupa, esta Sala de Casación Penal, en fecha 24 de octubre de 2013, mediante sentencia N° 365, emitió pronunciamiento en los términos siguientes: La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), es la mayor organización de policía internacional, siendo una de sus funciones más importantes el ayudar a las fuerzas policiales de los 190 países miembros, a intercambiar información policial esencial utilizando el sistema de notificaciones de la Organización. A tales fines emite una serie de Notificaciones Internacionales, entre las cuales se encuentran: La Difusión Internacional Azul (Alerta Azul) que es una solicitud de INTERPOL a las policías de sus países miembros para que proporcionen información sobre el paradero y las actividades de una persona investigada. Algunos países pueden considerar la detención de una persona objeto de una Difusión Azul aunque no se haya expedido una orden de detención nacional contra ella.
Dispositiva
PRIMERO: Decreta la libertad sin restricciones del ciudadano IVÁN ENRIQUE GÓMEZ DÍAZ GRANADOS, de nacionalidad colombiana y venezolana (adquirida), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Colombiana N° 7140619 y cédula de identidad venezolana N° 25.304.968. SEGUNDO: Decreta el archivo del expediente contentivo de la solicitud de detención, con fines de extradición del ciudadano IVÁN ENRIQUE GÓMEZ DÍAZ GRANADOS. TERCERO: Se ordena al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, ejecute el levantamiento de la Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad dictada contra el ciudadano IVÁN ENRIQUE GÓMEZ DÍAZ GRANADOS, y se libre la correspondiente Boleta de Excarcelación. A tal efecto remítase copia certificada de la presente decisión al referido Juzgado.