Sentencia N° 599 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de octubre de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 599, Exp. C25-416, 06/10/2025
ExpedienteC25-416
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-10-06
DecisiónAdmite
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el abogado Roberto Reyes Velásquez, en representación de la abuela de la víctima, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación. La sentencia original condenó a RUBÉN RAFAEL CUMANA PÉREZ a 20 años de prisión por el delito de Femicidio Agravado. La Sala convocó a las partes a una audiencia oral y privada para continuar con el proceso.
Extracto de la motiva
motivase adecuadamente cuál era el porcentaje de la pena que debía rebajársele al acusado al admitir los hechos, pues dicho artículo 375 exige al Juez de Control que motive por IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 13 de 23 qué decidió rebajar un porcentaje determinado de la pena, que en este caso puede ser hasta un tercio (1/3); en fin, la Corte de Apelaciones al decidir sobre esos temas incurrió en el vicio de errónea interpretación por las siguientes razones: Como primer punto, es necesario considerar la jurisprudencia de esta Sala, en su sentencia N° 114, de fecha 04 de noviembre de 2020, caso “María Lourdes Afiuni”, se cita (…) En síntesis, son tres elementos o requisitos concurrentes que deben componer la denuncia por errónea interpretación, a saber: a) Cuá
Dispositiva
ADMITE la ÚNICA DENUNCIA, del recurso de casación ejercido por el abogado Roberto Reyes Velásquez, en su condición de apoderado judicial de la abuela de la víctima (víctima indirecta), en contra de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Insular, que en fecha 22 de octubre de 2024, declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por el referido profesional del derecho, en contra de la sentencia definitiva publicada en fecha 5 de agosto de 2024, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Bolivariano de Nueva Esparta, mediante la cual condenó (por la vía del procedimiento especial por admisión de los hechos) al ciudadano RUBÉN RAFAEL CUMANA PÉREZ, a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión, por la comisión del delito de Femicidio Agravado.