Sentencia N° 597 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de noviembre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 597, Exp. C09-233, 25/11/2009
ExpedienteC09-233
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-11-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Estado Táchira declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa de JOSE ALBERTO MORALES MORILLO, quien había sido condenado a 26 años y 3 meses de prisión por homicidio calificado. La defensa presentó un recurso de casación, el cual fue admitido por el Tribunal Supremo de Justicia. En la decisión, se argumentó que la Corte de Apelaciones incurrió en el vicio de inmotivación al no expresar adecuadamente las razones que justificaran su fallo, lo que llevó a la anulación de la decisión de la Corte de Apelaciones y a la orden de que otro tribunal resuelva el recurso de apelación propuesto.
Extracto de la motiva
La motivación de las resoluciones judiciales cumple una doble función. Por una parte, permite conocer los argumentos que justifican el fallo y, por otra, facilita el control de la correcta aplicación del derecho. De ahí que, la finalidad o la esencia de la motivación no se reduce a una mera o simple declaración de conocimiento sino que ha de ser la conclusión de una argumentación que ajustada al thema decidendum, permita tanto a las partes como a los órganos judiciales superiores y demás ciudadanos conocer las razones que condujeron al dispositivo del fallo, de manera tal que pueda comprobarse que la solución dada al caso es consecuencia de una interpretación racional del ordenamiento que escapa de lo arbitrario.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la segunda denuncia del recurso de casación propuesto por la defensa del acusado JOSE ALBERTO MORALES MORILLO y, en consecuencia ANULA la decisión dictada por la Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en fecha 20 de marzo de 2009 y ordena que otra Sala de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal, resuelva el recurso de apelación propuesto.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónmotivación judicialCorte de ApelacionesEstado Táchiraderecho a la tutela judicialdecisión judicial