Sentencia N° 597 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de diciembre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 597, Exp. C01-0784, 18/12/2002
ExpedienteC01-0784
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-12-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por Marigen Alvarado Pallares, quien apelaba una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su recurso de apelación contra un sobreseimiento dictado a favor de José Antonio Pallares. La Sala consideró que la apelación era infundada, ya que la víctima no podía apelar una decisión que no le era adversa, dado que el Ministerio Público había solicitado el sobreseimiento.
Extracto de la motiva
La impugnante en una misma denuncia, alega la infracción de varios preceptos procesales y constitucionales, por inobservancia o errónea aplicación y la manifiesta contradicción e ilogicidad en la motivación, es decir, plantea varios motivos de procedencia del recurso, en forma conjunta, lo cual presenta que la fundamentación sea confusa e imprecisa, razones suficientes, para desestimar, por manifiestamente infundado el recurso de casación propuesto. Así se declara. En atención a lo dispuesto en los artículos 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 13 del Código Orgánico Procesal Penal y no obstante la indebida fundamentación del recurso, la Sala ha revisado el fallo impugnado y considera que el mismo contiene una infracción de ley que amerita ser analizada.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto; anula, de oficio, el fallo recurrido y, en consecuencia, ordena oír el recurso de apelación propuesto por la ciudadana Marigel Alvarado Pallares, contra la decisión dictada por el Juzgado Séptimo, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, de fecha 25 de mayo de 2001. Remítase el expediente a la Corte de Apelaciones del mismo Circuito.
Palabras clave
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