Sentencia N° 596 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de agosto de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 596, Exp. C14-199, 19/08/2015
ExpedienteC14-199
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-08-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima los recursos de casación interpuestos por varios abogados defensores y el Ministerio Público, en relación a la condena de doce años de prisión por tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Tribunal de Primera Instancia, que había declarado sin lugar los recursos de apelación. La Sala concluye que no se evidencian violaciones a la ley ni falta de motivación en la decisión recurrida.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal observa que los recurrentes en la misma denuncia fundamentada en la presunta falta de aplicación del artículo 157 de la ley adjetiva penal, a fin de establecer la inexistencia del delito de Asociación Ilícita para Delinquir, de igual forma cuestionan la falta de claridad o de logicidad de la sentencia recurrida para determinar que no existió un grupo estructurado, en los términos dispuestos en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, situación ésta que impide establecer si sobre el punto en referencia se cuestiona la falta de motivación o la ilogicidad en su motivación y, en consecuencia, dificulta el entendimiento del recurso de marras.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADOS, los recursos de casación interpuestos el 7 de mayo de 2014, por el abogado Hernán Linares, en su carácter de defensor del ciudadano LUIS RAÚL MUÑOZ FRONTADO, titular de la cédula de identidad número 13.358.179; el 13 de mayo de 2014, por la abogada Doris Scarlet Piñero Silva, en su carácter de defensora del ciudadano ANTONIO JOSÉ MEZA PÉREZ, titular de la cédula de identidad número 12.271.335; el 13 de mayo de 2014, por los abogados César Humberto Guzmán Figuera y Simón Enrique Malavé, Fiscales Provisorio y Auxiliar Interino Décimo Primero del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre con competencia en materia de Drogas, respectivamente; el 14 de mayo de 2014, por el acusado ÁLVARO BONILLA GAMARDO, titular de la cédula de identidad número 15.933.518, debidamente asistido por el abogado Jean Carlos Esteves Bonilla; y el 14 de mayo de 2014, por el abogado Alberto José González Marín, en su carácter de defensor de los ciudadanos ELVIS ALEXANDER SERRANO REYES y CARLOS JOSÉ CARMONA, titulares de las cédulas de identidad números 11.829.157 y 13.498.698, respectivamente, contra la decisión emitida, el 4 de abril de 2014, por la referida Corte de Apelaciones, que declaró Sin Lugar los recursos de apelación intentado por los defensores y el Ministerio Público y Confirmó la sentencia dictada, el 23 de octubre de 2013, por el Tribunal (Mixto) Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Cumaná.

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