Sentencia N° 591 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de noviembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 591, Exp. C08-238, 11/11/2008
ExpedienteC08-238
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-11-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Elieth Mata García, en representación del ciudadano José Augusto Reyes Obispo, condenado por el delito de violación agravada. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Tribunal Primero de Juicio, que había encontrado al acusado culpable basándose en pruebas periciales y testimoniales que acreditaron su responsabilidad en los hechos. La Sala consideró que no existieron contradicciones relevantes en la valoración de las pruebas y que la decisión de la Corte de Apelaciones fue motivada adecuadamente.
Extracto de la motiva
La Sala Penal, pasa a decidir: En el presente caso, la recurrente alegó la falta de motivación de la sentencia de la Corte de Apelaciones, por cuanto no contiene los fundamentos de hecho y de derecho, por las cuales declaró sin lugar el recurso de apelación, ya que: “… no se analizó los alegatos planteados por la defensa en su escrito de apelación…”, inobservando de esta manera, las contradicciones denunciadas. Así mismo, la Defensa Pública señaló, que la sentencia recurrida no realizó: “…un razonamiento real y lógico de lo planteado sólo se limitan a señalar que la juez de primera instancia en funciones de juicio si realizó un análisis concatenado no sólo de todos los testimonios, sino de cada uno de los elementos de prueba, ventilados durante el desarrollo del juicio…”. Por lo que, mantiene la impugnante que la alzada dejó: “… nuevamente a mi defendido en una incertidumbre, sin saber verdaderamente los motivos, fundamentos de hecho y de derecho, por lo cuales el tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida…”. Ahora bien, de la revisión de las actas del presente expediente se evidencia, que el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, (extensión Cabimas), para dictar su sentencia condenatoria, expresó lo siguiente: “... Este Tribunal consideró que los hechos que estimó acreditados, quedaron probados luego del análisis y comparación de los siguiente elementos probatorios: con el testimonio del experto Francisco Sandoval (…) habiéndosele puesto a su disposición la experticia Tricológica y Comparación de Apéndices Pilosos (…) suscrita por su persona (…) y manifestando lo siguiente: ‘se reciben evidencias en varios sobres, con materiales recolectados en un barrido (…) en el sitio de los hechos (…) los apéndices son analizados y diferenciados y al realizarse una comparación microscópica (…) dando resultado que es similar a la fuente (…) en el laboratorio donde voy a indicar si es compatible o no, ese apéndice tiene probabilidades de provenir de la fuente del acusado Luis (sic) Augusto Reyes Obispo, en un 90 a 95 por ciento de probabilidades de que es la persona que estuvo presente en el sitio del suceso, la prueba es de orientación más no de certeza’ (…) el mencionado experto fue claro y preciso (…) se observó coherencia entre su testimonio inicial y sus respuestas, así como el dominio del tema referido a la peritación (…) este Tribunal pleno valor a su dicho a fin de establecer que (…) la comparación microscópica (…) da como resultado que es igual al de la fuente, es decir, a la de la persona del acusado.
Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar, el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada Elieth Mata García, Defensora Pública Octava de la Unidad de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en representación del ciudadano José Augusto Reyes Obispo. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
violacion agravadarecurso de casaciondefensora publicasentenciapruebasresponsabilidad penalcircuito judicial penalZulia