Sentencia N° 59 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de febrero de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 059, Exp. C15-410, 10/02/2016
ExpedienteC15-410
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-02-10
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Auxiliar Interino José Luis Molina Gil contra la sentencia dictada el 9 de julio de 2015 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo. La decisión recurrida había declarado con lugar un recurso de apelación y modificado la condena inicial de homicidio intencional simple a homicidio culposo, imponiendo una pena menor al acusado Manuel Joaquín Da Costa Mejía.
El Tribunal, al evaluar la admisibilidad del recurso, constató que se cumplían los requisitos de legitimidad, tempestividad y fundamentación, permitiendo así que el caso avanzara a una audiencia pública. La Sala destacó la importancia de revisar la aplicación de las normas penales en el contexto del caso, dado que el recurrente alegó una indebida aplicación del artículo 409 del Código Penal en lugar del artículo 405, que tipifica el homicidio intencional.
Finalmente, se convocó a las partes a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta, conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado José Luis Molina Gil, actuando en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino encargado de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, contra la sentencia dictada, el 9 de julio de 2015, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo. SEGUNDO: CONVOCA a las partes a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y notifíquese.
Palabras clave
recurso de casaciónhomicidiofiscalíalegitimidadtemporalidad