Sentencia N° 59 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de enero de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 059, Exp. C09-420, 26/02/2010
ExpedienteC09-420
PonenteMiriam Morandy Mijares
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-01-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Duglenis Gregoria Espinoza Parra, quien había sido condenada a 30 años de presidio por homicidio calificado. La Sala observó que el tribunal de alzada no motivó adecuadamente la pena impuesta, omitiendo la aplicación de atenuantes que podrían haber reducido la condena. Se determinó que la pena correcta debía ser de 25 años de presidio, considerando las reformas del Código Penal y la conversión de penas entre presidio y prisión.

Extracto de la motiva

La recurrente en su denuncia indicó la inmotivación del fallo dictado por el Tribunal de Alzada, toda vez que de acuerdo a su criterio, no resolvió motivadamente la denuncia planteada en el recurso de apelación respecto a la inmotivación del Tribunal en función de Juicio al realizar el cálculo de la pena que impuso a la ciudadana DUGLENIS GREGORIA ESPINOZA PARRA, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO tipificado en el artículo 408 (numeral 3°) del Código Penal antes de su reforma parcial, en perjuicio del ciudadano JOSÉ LUIS PÉREZ VERA y por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO tipificado en el artículo 408 (numeral 1°) del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana WIRLENIS BENEDICTA OCANDO GARCÍA. La Sala Penal ha sostenido que la motivación de un fallo radica en manifestar la razón jurídica en virtud de la cual el juzgador adopta una determinada resolución, su decisión es un acto que se origina por el estudio y evaluación de todas las circunstancias particulares y específicas del caso controvertido, así como de los elementos probatorios que surjan durante el desarrollo del proceso penal.

Dispositiva

Por lo expuesto, se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de la ciudadana DUGLENIS GREGORIA ESPINOZA PARRA, se anula la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y se ordena la reposición del expediente al Tribunal de Juicio para que, en virtud de lo aquí decidido, se proceda a dictar una nueva sentencia ajustada a derecho.

Palabras clave

homicidio calificadorecurso de casaciónmotivación de la sentencia

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