Sentencia N° 585 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de octubre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 585, Exp. C08-377, 06/11/2008
ExpedienteC08-377
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-10-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 522, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Freddy Rafael Rivero, quien había sido condenado por los delitos de robo agravado continuado y violación. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia, y la defensa alegó ilogicidad en la motivación del fallo. Sin embargo, la Sala concluyó que no existía incoherencia en la motivación y que las pruebas presentadas eran suficientes para sostener la condena.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: motivación de la sentencia ha establecido como máxima jurisprudencial la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en la que establece que’ para asegurar el estudio del pro y del contra de los puntos debatidos en el proceso, es indispensable cumplir con una correcta motivación, en la que no debe faltar: (Omissis). Por lo que en cumplimiento a ese requisito de producir un fallo armónico, formado por elementos diversos que se eslabonen entre sí, se inserta la obligación de concatenar las pruebas debatidas en el juicio, con el objeto de imprimir racionalidad al fallo, en correcta aplicación de la máxima jurisprudencial extraída del fallo N° 166 de fecha 01.04.2008, que la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia ha sentado y que arriba ha quedado transcrita… esta Sala evidencia que no existe incoherencia en la motivación del fallo, al no hallar ilógica la comparación probatoria alegada por la parte recurrente, concluye forzosamente sobre la base del análisis anteriormente realizado, en declarar que este aspecto denunciado no es procedente en derecho, por estar debidamente fundada la comparación, probatoria y por cuanto dicha comparación antes de ser arbitraria constituye el deber esencial de todo juez de juicio al momento de analizar cada prueba y darle motivación a la decisión. Y ello lo verifica esta Alzada dando estricto cumplimiento a lo establecido como doctrina jurisprudencial de la Sala de Casación Penal… fallo 122 del 05.03.2008, cuyo contenido indica que ‘las Cortes de Apelaciones como tribunales de derecho, al examinar los fundamentos de la sentencia, deben percatarse de la correcta hilvanación de los elementos ya establecidos por el sentenciador de juicio, de los cuales se desprende la razón de éste para adoptar la consecuencia judicial’, a los efectos de descartar la ilogicidad en la motivación de la sentencia alegada. En consecuencia, se declara SIN LUGAR el presente motivo de apelación.
Dispositiva
Por la razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado FREDDY RAFAEL RIVERO. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente. Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal en Caracas, a los seis (6) días del mes de noviembre de 2008. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
Palabras clave
robo agravadoviolacióndelitos sexualesprueba testimonialsentencia de casaciónderechos humanosjusticia penal