Sentencia N° 584 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de agosto de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 584, Exp. E15-333, 11/08/2015
ExpedienteE15-333
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud de extradición activa del ciudadano BRIAN JOSÉ TADINO, dictó una decisión favorable, considerando que se cumplen los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Se constató que el requerido se encuentra en Argentina y que el delito por el cual se solicita su extradición, HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO A MANO ARMADA, es sancionado en ambas legislaciones, cumpliendo así con el principio de doble incriminación. La Sala ordenó remitir copias certificadas de la decisión al Poder Ejecutivo Nacional para su ejecución.
Extracto de la motiva
La competencia para declarar la procedencia o no de la extradición de una persona cuando ha sido requerida al país (extradición pasiva) o de la solicitud de extradición que deba hacerse a un país extranjero (extradición activa), está regulada en los artículos 69 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 6 del Código Penal y 382 al 390 del Código Orgánico Procesal Penal y atribuida a la Sala de Casación Penal del Máximo Tribunal de la República, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que indica: “Son competencias de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: 1.- Declarar si hay o no lugar para que se solicite o conceda la extradición en los casos que preceptúan los tratados o convenios internacionales o la ley”. De las disposiciones legales destacadas, se evidencia que la Sala de Casación Penal se encuentra facultada para conocer de las solicitudes de extradición. En consecuencia, le corresponde pronunciarse acerca del procedimiento especial de extradición activa del ciudadano BRIAN JOSÉ TADINO. Así se declara.
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 29, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al Gobierno de la República de Argentina, la EXTRADICIÓN ACTIVA del ciudadano BRIAN JOSÉ TADINO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad nro. 13866129, para que el prenombrado ciudadano cumpla el remanente de la pena impuesta por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO A MANO ARMADA, tipificado en el artículo 408 (numeral 1) del Código Penal vigente para la fecha de ocurrencia de los hechos. SEGUNDO: ORDENA remitir al Poder Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, copias certificadas de la presente decisión.