Sentencia N° 583 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de agosto de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 583, Exp. C15-13, 10/08/2015
ExpedienteC15-13
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-08-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró Sin Lugar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que había confirmado el sobreseimiento de la causa seguida contra los ciudadanos Miguel Ángel Torres Argüello y Ender Jesús Martínez Escalona por el delito de asalto a transporte público. La Corte consideró que no existían bases suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados, ya que las pruebas presentadas no permitían vislumbrar un pronóstico de condena.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al revisar el caso, constató que el Tribunal de Control había realizado un análisis exhaustivo de los elementos de convicción presentados por el Ministerio Público y determinó que no se cumplían los requisitos necesarios para admitir la acusación. En consecuencia, se decretó el sobreseimiento de la causa, fundamentándose en la falta de certeza y en la imposibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación. La Corte de Apelaciones, al confirmar esta decisión, argumentó que el control material de la acusación es esencial para evitar acusaciones infundadas y que el juez de control tiene la facultad de evaluar si existen fundamentos serios para el enjuiciamiento.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por la abogada Emy Noremy Rivero Núñez, el abogado Edwuard Ernesto Klemm Mujica y la abogada Naira Lessenieth Mora Torrealba, Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy y Fiscales Auxiliares de la referida Fiscalía Tercera del Ministerio Público, respectivamente, contra la decisión dictada, el 15 de octubre de 2014, por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y CONFIRMÓ el fallo dictado, el 15 de agosto de 2014, por el TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del referido Estado, extensión San Felipe, en el cual se decretó el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL TORRES ARGÜELLO y ENDER JESÚS MARTÍNEZ ESCALONA, por el delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, tipificado en el último aparte del artículo 357 del Código Penal, al considerar que no existían bases para solicitar fundadamente su enjuiciamiento.