Sentencia N° 580 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de diciembre de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 580, Exp. R02-0445, 13/12/2002
ExpedienteR02-0445
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2002-12-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de radicación del juicio contra JHONNY GÓMEZ RANGEL, acusado de transporte ilícito de substancias estupefacientes. Los defensores argumentaron que la radicación era necesaria debido a la alarma pública generada por incidentes relacionados con el juicio. Sin embargo, la Sala determinó que la alarma debía ser causada por el delito imputado y no por incidentes provocados por familiares del acusado.

Extracto de la motiva

La alarma, sensación o escándalo público referida en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, debe ser generada por la perpetración del hecho punible imputado al ciudadano acusado y no por incidentes como el que refiere la Defensa y mucho menos cuando han sido provocados por los familiares del mismo, pues ello implicaría dejar a su arbitrio la manipulación de la noticia para así lograr la eventual publicidad del hecho y formar el escándalo o la alarma que se requiere para acordar la radicación.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley NIEGA LA RADICACIÓN solicitada por la Defensa del ciudadano acusado JHONNY GÓMEZ RANGEL.

Palabras clave

radicaciónjuicioalarma públicatransporte ilícitosubstancias estupefacientesCódigo Orgánico Procesal Penaldefensajusticia

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