Sentencia N° 58 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de julio de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 058, Exp. A21-17, 19/07/2021
ExpedienteA21-17
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2021-07-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se avoca de oficio al conocimiento de la causa penal seguida contra varios ciudadanos por los delitos de estafa calificada y asociación para delinquir. Se declara la nulidad absoluta de todas las actuaciones cumplidas a partir del 11 de diciembre de 2020, debido a vicios procesales que vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. La causa es remitida a otro tribunal para su continuación, asegurando el respeto a los derechos y garantías constitucionales.

Extracto de la motiva

motiva lo siguiente: “…Se denota del análisis del contenido de la investigación parcialmente traída como elementos de convicción por el Ministerio Público al presente proceso, la existencia de fundados elementos de convicción para estimar que los justiciables han sido autores o IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 36 partícipe en los hechos objeto de la presente, los cuales se señalan a continuación: En la investigación se advierte con meridiana claridad que los ciudadanos 1.-ALAM ALBERTO RODRÍGUEZ CAMACHO, titular de Cédula de identidad número: V-15776721, 2.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ MORÓN, titular de Cédula de identidad número: V- 7358624. 3.- CARLOS CARACCIOLO PEÑARANDA PITA, titular de Cédula de identidad número: V-6253702. 4.-CARMEN YOLANDA CAMACHO SANTELIZ, titular de Cédula de identidad número: V- 9601342. 5.- LOURDES NATHALIA GÓMEZ ALVAREZ, titular de Cédula de identidad número: V-18951970, se encuentran involucrados como Coautoría en el delito de ESTAFA CALIFICADA previsto y sancionado en el artículo 464 numeral 2 en concordancia con los artículos 462 y 83 todos del Código Penal, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 en relación con los artículos 27 y 4 numeral 8 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; en Concurso Real de Delitos de acuerdo con el artículo 88 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Carlos A. Hernández. (b) La existencia de fundados elementos de convicción para estimar que 1.-ALAM ALBERTO RODRÍGUEZ CAMACHO, titular de Cédula de identidad número: V-15776721, 2.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ MORÓN, titular de Cédula de identidad número: V- 7358624. 3.- CARLOS CARACCIOLO PEÑARANDA PITA, titular de Cédula de identidad número: V-6253702. 4.-CARMEN YOLANDA CAMACHO SANTELIZ, titular de Cédula de identidad número: V- 9601342. 5.- LOURDES NATHALIA GÓMEZ ALVAREZ, titular de Cédula de identidad número: V-18951970, se encuentran involucrados como Coauto

Dispositiva

Se AVOCA de oficio al conocimiento de la presente causa y, en consecuencia, se DECLARA PROCEDENTE el avocamiento. Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de todas las actuaciones cumplidas en el presente proceso a partir del 11 de diciembre de 2020. Se acuerda REMITIR el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

AvocamientoNulidadEstafa CalificadaAsociación para DelinquirDerecho Penal

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