Sentencia N° 58 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de febrero de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 058, Exp. A16-294, 23/02/2017
ExpedienteA16-294
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2017-02-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Ruth Yajaira Morante Hernández, en representación del ciudadano Mamoun Zarifah, en un caso penal contra Marisol Rodríguez Farinha. La Sala determinó que no existían las condiciones necesarias para declarar procedente el avocamiento, ya que no se evidenciaron escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico ni afectaciones a la imagen del Poder Judicial. Además, se exhortó a la Sala N° 1 (Accidental) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda a emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto por el demandante.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal considera que las demoras en que incurra un Juez en el trámite de un proceso no pueden entenderse como una irregularidad que obligue a intervenir en el proceso, rompiendo la estructura y el orden jerárquico de conocimiento establecido. En este sentido, el retardo procesal no constituye una razón suficiente para avalar la procedencia del avocamiento. Asimismo, se concluye que las alegaciones de la solicitante no constituyen condiciones válidas y concurrentes requeridas por la ley para declarar la procedencia del avocamiento.
Dispositiva
PRIMERO: SE AVOCA al conocimiento del proceso seguido contra la ciudadana Marisol Rodríguez Farinha, identificado con el alfanumérico 1A-a10601-16, nomenclatura de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda. SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de avocamiento interpuesta por la abogada Ruth Yajaira Morante Hernández, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Mamoun Zarifah.