Sentencia N° 578 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 578, Exp. CC24-536, 08/11/2024
ExpedienteCC24-536
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2024-11-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos tribunales en el caso de FROILAN ANTONIO REYES ROSALES, acusado de abuso sexual a niños. La Sala declaró su competencia para conocer del caso, estableciendo que el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo es el competente para juzgar el delito. La decisión se fundamenta en la normativa que regula la competencia en materia penal y la protección de los derechos de los niños.

Extracto de la motiva

al no delimitar, como en el caso de marras, el sujeto pasivo susceptible de ser atraído por el fuero especial de Violencia contra la mujer y no menos importante que, las víctimas de autos son ambos varones que para el momento de los hechos contaban con la edad de 5 y 3 años, exhortándole a ser más diligente y acucioso en la proposición de los conflictos de no conocer, esgrimiendo en sus consideraciones argumentaciones justas en el derecho que denoten una verdadera justificación jurídica para plantear el conflicto y evitar dilaciones indebidas. Por último, se hace un llamado de atención al Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, a que en lo sucesivo, evite dilaciones indebidas, visto el tiempo transcurrido en el trámite dado al expediente para su pronunciamiento y ordenar la remisión, la cual debió hacerse en la oportunidad legal correspondiente, a fin de garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA POR LA MATERIA, surgido entre el Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo y, el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo. SEGUNDO: DECLARA COMPETENTE al Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, para conocer del proceso seguido al ciudadano FROILAN ANTONIO REYES ROSALES, identificado con la cédula de identidad V-16.651.505, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA CONTINUADO, tipificado en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de dos (2) niños. TERCERO: Se ORDENA remitir el expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo y copia certificada de la presente decisión al Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo.

Palabras clave

conflicto de competenciaabuso sexualniñosviolencia contra la mujer

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