Sentencia N° 57 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de marzo de 2023

TSJ/SCP, Sent. N° 057, Exp. C23-5, 10/03/2023
ExpedienteC23-5
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-03-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por BERNABELA ISABEL ZUÑIGA QUINTANA, en su calidad de víctima, contra la decisión de la Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso era manifiestamente infundado, ya que no se presentaron razones de derecho que justificaran la revisión de la decisión de la instancia inferior.

Extracto de la motiva

La errónea interpretación de una norma jurídica, acontece cuando el juez desvirtúa su sentido y desconoce su significado, es por ello que el juez, aun cuando aplica acertadamente la norma apropiada para el caso en particular, vaga en su alcance general y abstracto, derivándose de ella consecuencias que no concuerdan con su contenido. Por ello, cuando se denuncia en casación la errónea interpretación de una norma jurídica, debe ponerse de manifiesto en qué medida el juez ha desvirtuado el sentido de la norma, así como las consecuencias que de ello se derivan, lo que no se ha hecho en el presente caso, ya que la parte recurrente no ha señalado de manera precisa y concreta en qué medida la Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo ha vulnerado los preceptos legales que invoca, lo que impide a esta Sala de Casación Penal pronunciarse sobre la denuncia planteada, por lo que se debe declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte recurrente, por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, que exige que se expongan de manera clara y precisa los motivos de la casación, así como las normas que se consideran vulneradas y la forma en que se ha producido la violación, lo que no ha ocurrido en el presente caso.

Dispositiva

Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto el 2 de noviembre de 2022, por BERNABELA ISABEL ZUÑIGA QUINTANA, contra la decisión del 17 de octubre de 2022, dictada por la Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo.

Palabras clave

casaciónpenalrecursosobreseimientovictima

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